Respuestas Claras y Verificables
Preguntas frecuentes sobre contabilidad, impuestos y formalización en Colombia
Reunimos las inquietudes comerciales, técnicas y normativas que directores y empresarios se formulan con mayor frecuencia antes de contratar nuestros servicios.
1. Contratación, Tarifas y Modalidad de Trabajo
Los honorarios se determinan bajo una tarifa fija mensual calculada a partir del volumen de facturas emitidas y recibidas, la cantidad de empleados a quienes se deba transmitir nómina electrónica, la cantidad de cuentas bancarias a conciliar y los municipios donde deba liquidarse Industria y Comercio (ICA). Entregamos una cotización formal y no realizamos cobros sorpresa.
Nuestros contratos de prestación de servicios para asesoría contable mensual se pactan generalmente a término de un año fiscal para coincidir con el ciclo anual de cierres y declaraciones, pero contemplan terminación anticipada justificada con aviso previo de 30 días calendario y entrega formal de libros y respaldos.
Efectuamos un diagnóstico y saneamiento contable previo. Analizamos los extractos bancarios históricos, identificamos qué obligaciones formales se han dejado de presentar y proyectamos las sanciones reducidas por extemporaneidad bajo el artículo 641 del Estatuto Tributario antes de reiniciar la operación regular.
2. Operación Contable y Facturación Electrónica
Es el documento electrónico que el adquirente genera y transmite a la DIAN cuando compra bienes o servicios a proveedores no obligados a expedir factura electrónica (por ejemplo, personas naturales del régimen ordinario no responsables de IVA). Sin este documento validado por la DIAN, el gasto no es deducible en el impuesto sobre la renta. Consulte nuestra guía de facturación electrónica.
La empresa reporta las novedades de personal (días laborados, horas extras, incapacidades, bonificaciones). Nuestro equipo liquida la nómina, genera la planilla de seguridad social (PILA) y transmite a la DIAN el Documento Soporte de Pago de Nómina Electrónica dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente.
3. Impuestos, DIAN y Vencimientos
La DIAN cruza automáticamente los formatos de Exógena de su empresa contra lo que sus clientes, bancos y proveedores reportaron de usted. Cualquier discrepancia activa requerimientos ordinarios o pliegos de cargos bajo el artículo 651 del E.T., con sanciones de hasta el 1% del valor no informado o informado con errores. Lea nuestro artículo sobre errores comunes en Información Exógena.
En el Régimen Ordinario el impuesto se calcula sobre la renta líquida (ingresos menos costos y deducciones) con una tarifa general del 35%. En el Régimen Simple se tributa sobre los ingresos brutos facturados a tarifas consolidadas más bajas (que integran renta, ICA e impuesto nacional al consumo), pero no permite restar costos operativos. Consulte nuestro análisis: Régimen Simple vs. Régimen Ordinario.
4. Revisoría Fiscal y Constitución de Sociedades
No. El artículo 205 del Código de Comercio y la Ley 43 de 1990 prohíben taxativamente que quien prepara los estados financieros o ejecuta la contabilidad actúe al mismo tiempo como Revisor Fiscal. La Revisoría Fiscal debe ser un órgano de supervisión completamente externo e independiente. Ver más en Revisoría Fiscal y Auditoría.
El tiempo promedio oscila entre 3 y 7 días hábiles a partir de la radicación virtual o presencial, dependiendo del tiempo de respuesta registral de la Cámara de Comercio del domicilio de la empresa. Revise los requisitos en nuestro Checklist para constituir una S.A.S..
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